Procedimiento de comunicaciones

Toda persona, organización no gubernamental, grupo o red puede enviar comunicaciones (quejas/llamamientos/peticiones) a la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer que contengan información relacionada con supuestas violaciones de los derechos humanos que afecten la condición de las mujeres en cualquier país del mundo. La Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer considera estas comunicaciones como parte de su programa anual de trabajo a fin de identificar tendencias y pautas emergentes de injusticia y prácticas discriminatorias contra las mujeres, con el objetivo de formular y elaborar políticas de estrategias que promuevan la igualdad de género.

Nota: la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer no toma decisiones sobre el mérito de las comunicaciones que recibe y, en consecuencia, el procedimiento de comunicaciones no proporciona cauces para la reparación de reclamaciones individuales.

FECHA LÍMITE PARA EL ENVÍO: Las personas u organizaciones que deseen enviar comunicaciones deben escribir de aquí al 1 de agosto de 2024. Más información.

El procedimiento de comunicaciones actual de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer es fruto de la resolución 76 (V) del Consejo Económico y Social de 5 de agosto de 1947 y posterior enmienda del Consejo mediante la resolución 304 I (XI) del 14 y 17 de julio de 1950. El mandato de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer de considerar las comunicaciones se ha reafirmado y las modalidades del procedimiento se han modificado adicionalmente por el Consejo (véanse las resoluciones del Consejo 1983/27 del 26 mayo de 1983, 1992/19 del 30 de julio de 1992, 1993/11 del 27 de julio de 1993, 2009/16 del 28 de julio de 2009 y la decisión 2002/235 del 24 de julio de 2002).

¿Qué tipos de comunicaciones son pertinentes?

Información detallada y precisa relacionada con la promoción de los derechos de las mujeres en los ámbitos político, económico, civil, social y educativo, en cualquier país, en cualquier parte del mundo.

¿Qué información se debe incluir en una comunicación?

Se recomienda que las comunicaciones:

  • Identifiquen en la mayor medida posible a la mujer víctima, o mujeres víctimas (nota: los nombres de las víctimas serán compartidos con el gobierno en cuestión para su respuesta).
  • Indiquen claramente el lugar (el país concreto, o países concretos) de las supuestas violaciones o pautas de violaciones que han ocurrido o están ocurriendo. Comunicaciones separadas deben ser presentadas por cada país en el que las presuntas violaciones habrían ocurrido;
  • Proporcionen, cuando sea posible, fechas y circunstancias de las supuestas violaciones;
  • Expliquen el contexto facilitando información de referencia relevante; e
  • Incluyan, cuando sea posible, copias de documentación.

 

 

El procedimiento

Procedimiento de comunicaciones
Procedimiento de comunicaciones

  

Ejemplos

A continuación se incluyen ejemplos de categorías de comunicaciones recibidas y tendencias y pautas identificadas en los últimos años:

  • Arrestos arbitrarios de mujeres
  • Muertes y tortura de mujeres en custodia
  • Desapariciones forzadas o secuestros de mujeres
  • Aplicación discriminatoria de castigos en la legislación según el sexo, incluyendo castigos físicos y capitales
  • Violación de los derechos de las defensoras de los derechos humanos de las mujeres en cuanto a libertad de expresión y reunión
  • Amenazas o presión ejercida sobre las mujeres para que no presenten quejas o para que retiren quejas
  • Impunidad para las violaciones de los derechos humanos de las mujeres
  • Actitudes estereotipadas respecto al papel y las responsabilidades de las mujeres
  • Violencia doméstica
  • Matrimonio forzado y violación conyugal
  • Pruebas de virginidad
  • Formas actuales de esclavitud, incluida la trata de mujeres y niñas
  • Acoso sexual de mujeres en el lugar de trabajo
  • Prácticas laborales injustas por razones de sexo, incluyendo pagas desiguales
  • Ausencia de la debida diligencia por parte de los Estados en cuanto a investigar, perseguir y castigar a los autores de violencia contra las mujeres
  • Discriminación contra las mujeres sujetas a leyes de nacionalidad e inmigración
  • Violaciones de los derechos de las mujeres a la propiedad y la herencia de bienes
  • Discriminación contra las mujeres respecto al acceso a ayuda humanitaria internacional
  • Desalojos forzados de mujeres en situaciones de conflicto

Envío de peticiones

Todas las peticiones deben estar firmadas y enviarse por escrito mediante correo electrónico dirigido al procedimiento de comunicaciones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer. Sin embargo, la identidad del/de la autor/a no se comunica a los gobiernos en cuestión a no ser que la persona acepte divulgar sus datos.

Dirección para enviar una comunicación a la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer

Las personas u organizaciones que deseen enviar comunicaciones deben escribir antes del 1º de agosto de 2024 a: [ Clic para revelar ]